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A continuación se exponen los diferentes tipos de procedimientos de tramitación que se realizan en el Servicio de Industria, organizados por áreas temáticas, y que mayor interés tienen para los técnicos, si bien y conforme a las modificaciones existentes con la entrada en vigor del Real Decreto 1000/2010, sobre visado obligatorio, se adjunta la INSTRUCCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS DE 28 DE SEPTIEMBRE DE 2010 SOBRE APLICACIÓN DE LA NORMATIVA REGULADORA DE LA OBLIGATORIEDAD DEL VISADO COLEGIAL DE LOS PROYECTOS Y CERTIFICADOS DE OBRA RELACIONADOS CON INSTALACIONES SUJETAS A LOS REGLAMENTOS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL. (INSTRUCCIÓN)
NOTICIA IMPORTANTE: DECLARACIONES RESPONSABLES PARA PROYECTOS SIN VISAR Y CERTIFICADOS DIRECCION DE OBRA. (DOCUMENTO)
(DECLARACIONES RESPONSABLES PARA EMPRESAS DE SERVICIOS A LA ACTIVIDAD INDUSTRIAL ACTUALIZADAS) DICIEMBRE DE 2012
En los procedimientos de tramitación que se exponen para obtener la inscripción o autorización administrativa de los distintos tipos de instalaciones industriales y energéticas, y otros procedimientos de tramitación de expedientes relacionados, se indica que la documentación se deberá presentar preferentemente en el Registro de Entrada de la Dirección General de Industria, Energía y Minas (o en la ventanilla de atención al público de la Estación ITV nº 3001 de Alcantarilla o cualquiera de las existentes en la Región autorizadas para ello en el caso de "Autorización de Reforma de Importancia de Vehículo" y de "Actas de Destrucción de Número de Bastidor de Vehículo") con el objetivo de reducir el tiempo de tramitación del expediente. No obstante, la documentación para la tramitación de estos expedientes podrá presentarse en cualquier Registro de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, Oficina de Atención al Ciudadano (sita en C/San Cristóbal, nº 6 de Murcia), Oficinas Administrativas de Cartagena, Caravaca, Lorca y Yecla, o por cualquiera de los medios y en los registros indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre de 1992, y modificaciones posteriores) y Orden de 20 de enero de 2009, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas , (BORM nº 25 de 30 de enero de 2009), por la que se crea y se hace pública la relación de las Oficinas de Registro de la Administración Regional de Murcia, así como la Orden de 18 de mayo de 2009, que modifica ésta última. (BORM nº 121 de 28 de mayo de 2009). Igualmente debemos señalar las actualizaciones de estas órdenes en el año 2010: Orden de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, de 8 de febrero de 2010, por la que se hace pública la relación de todas las oficinas de registro de la Administración Regional y se establecenlos días y horarios de apertura de las mismas. (BORM nº 40, de 18 de febrero de 2010) y Orden de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, de 14 de abril de 2010, por la que se amplía el Anexo I de la Orden, de 8 de febrero de 2010, de la misma Consejería (BORM de 18 de febrero), por la que se hace pública la relación de todas las oficinas de registro de la Administración Regional y se establecen los días y horarios de apertura de las mismas (BORM nº 125, de 2 de junio de 2010)
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