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Última actualización: Martes 29 de Enero 2013



 

Inscripción/modificación de una industria en el registro de establecimientos industriales:

Documentación

Solicitud según modelo normalizado (DOCUMENTO)

En su caso, acreditación de la representación del firmante.

Fotocopia compulsada de la Escritura de Constitución y modificaciones (personas jurídicas).

Proyecto o memoria, según proceda, suscrito por técnico competente.

En el supuesto de que el proyecto y/o certificado de dirección de obra no estén visados, se presentará la correspondiente declaración responsable. (DOCUMENTO)

En su caso, certificado general para establecimientos industriales, suscrito por técnico competente.

En su caso, certificado sobre seguridad en las máquinas.

Tres ejemplares del impreso de inscripción en el registro de establecimientos industriales de la Región de Murcia.

 

Normativa de tramitación:

Decreto 20/2003, de 21 de marzo, sobre criterios de actuación en materia de seguridad industrial y procedimientos para la puesta en servicio de instalaciones en el ámbito territorial de la Región de Murcia (BORM nº 75, de 01/04/2003).Este enlace se abrirá en ventana nueva

Real Decreto 559/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el reglamento del registro integrado industrial (BOE nº 125, de 22/05/2010).Este enlace se abrirá en ventana nueva

Hay que tener en cuenta la entrada en vigor del Real Decreto 560/2010, de 7 mayo, Modifica diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23-11-2009 (RCL 2009\2256), sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22-12-2009 (RCL 2009\2556), de modificación de diversas Leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (RCL 2009\2256). Ministerio Industria, Turismo y Comercio. BOE 22 mayo 2010, núm. 125, [pág. 44861]

Recientemente se han aprobado la Ley 17/2009, de 23 de noviembre (RCL 2009, 2256) , sobre el Libre Acceso a las Actividades de Servicios y su Ejercicio, que transpone al ordenamiento jurídico español la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006 (LCEur 2006, 3520) , relativa a los servicios en el mercado interior (denominada Directiva de Servicios), así como la Ley 25/2009, de 22 de diciembre (RCL 2009, 2556) , de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley Sobre el Libre Acceso a las Actividades de Servicios y su Ejercicio.

La Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el Libre Acceso a las Actividades de Servicios y su Ejercicio viene a consolidar los principios regulatorios compatibles con las libertades básicas de establecimiento y de libre prestación de servicios, y al mismo tiempo permite suprimir las barreras y reducir las trabas al acceso de las actividades de servicios y su ejercicio.

Por su parte, la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el Libre Acceso a las Actividades de Servicios y su Ejercicio modifica expresamente las leyes vigentes afectadas por la citada Directiva, entre ellas, la Ley 21/1992, de 16 de julio (RCL 1992, 1640) , de Industria.

En consecuencia se hace necesario modificar diversos reales decretos en materia de seguridad industrial para adecuarlos a lo establecido en las citadas Leyes 17/2009, de 23 de noviembre, y 25/2009, de 22 de diciembre, en concreto a las modificaciones realizadas a la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.

Así, se ajusta esta normativa que inició su liberalización con la citada Ley de Industria e incluso antes con el Real Decreto 2135/1980, de 26 de septiembre (RCL 1980, 2262; ApNDL 7379) , sobre liberalización industrial, que ahora queda definitivamente superado.

En cuanto a la forma en que se realiza la adaptación concreta de la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre, y de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, al ámbito de la seguridad industrial, en alguno de los reales decretos que se modifican, se exige, con respecto a la realización de la actividad en libre prestación, que se presente una DECLARACIÓN RESPONSABLE :

                             DECLARACIÓN RESPONSABLE DE EMPRESAS (DOCUMENTO)

                              DECLARACIÓN RESPONSABLE DE TALLERES (DOCUMENTO)

                              DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CISTERNAS (DOCUMENTO)

y se cumplan determinados requisitos, como el empleo de medios técnicos específicos regulados en la normativa española, la disponibilidad de un seguro profesional o un número de personal mínimo con objeto de asegurar la seguridad pública y prevenir riesgos para la salud y la seguridad, por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12.3 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, se hace necesaria la exigencia de estos requisitos.

El presente Real Decreto consta de 16 artículos, por los cuales se modifican diversas normas reglamentarias sobre seguridad industrial, una disposición adicional única, dos disposiciones transitorias, una disposición derogatoria única y dos disposiciones finales

 
  I.A.1..-   Inscripción en el Registro de Establecimientos Industriales (REI) de Nueva Industria que no requiere presentación de proyecto o memoria, ni certificado de dirección técnica.
 
  I.A.2.-   Inscripción en el Registro de Establecimientos Industriales (REI) de Nueva Industria que requiere presentación de proyecto o memoria y certificado de dirección técnica (y caso particular que sólo requiere presentación de CDT).
 
  I.A.3.-   Inscripción de Talleres de Reparación de Automóviles (TRA) como Nueva Industria, Ampliación o Traslado en el Registro de Establecimientos Industriales (REI) y en el Registro Especial de Talleres (RETRA).
Hay que tener en cuenta la entrada en vigor del Real Decreto 560/2010, de 7 mayo, Modifica diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23-11-2009 (RCL 2009\2256), sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22-12-2009 (RCL 2009\2556), de modificación de diversas Leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (RCL 2009\2256). Ministerio Industria, Turismo y Comercio. BOE 22 mayo 2010, núm. 125, [pág. 44861] 
 
  I.A.4.-   Inscripción en el Registro de Establecimientos Industriales (REI) de Traslado de Industria que no requiere presentación de proyecto o memoria, ni certificado de dirección técnica.
 
  I.A.5.-   Inscripción en el Registro de Establecimientos Industriales (REI) de Traslado de Industria que requiere presentación de proyecto o memoria y certificado de dirección técnica (y caso particular que sólo requiere presentación de CDT).
 
  I.A.6.-   Inscripción en el Registro de Establecimientos Industriales (REI) de Ampliación de Industria que no requiere la presentación de proyecto o memoria, ni certificados de dirección técnica.
 
  I.A.7.-   Inscripción en el Registro de Establecimientos Industriales (REI) de Ampliación de Industria que requiere la presentación de proyecto o memoria y certificado de dirección técnica (y caso particular que sólo requiere presentación de CDT).
 
  I.A.8.-   Inscripción en el Registro de Establecimientos Industriales (REI) de Cambio de Titularidad de Industria.
 
  I.A.9.-   Modificación de Datos Registrales de Industrias inscritas en el Registro de Establecimientos Industriales (REI) (se excluye la ampliación, traslado y cambio de titularidad).
 
  I.A.10.-   Inscripción en el Registro de Establecimientos Industriales (REI) de Empresas de Servicios a la Actividad Industrial.
 
  I.A.11.-   Inscripción en el Registro de Establecimientos Industriales (REI) de Agentes Autorizados para Colaborar con las Administraciones Públicas.
 
  I.A.12.-   Modificación de Datos Registrales de Empresas de Servicios y Agentes Autorizados inscritos en el Registro de Establecimientos Industriales (REI).
 
  I.A.13.-   Autorización a Talleres de Reparación de Automóviles para la instalación, reparación, comprobación de montaje y revisión periódica de Tacógrafos (TC).
 
  I.A.14.-   Autorización a Talleres de Reparación de Automóviles para la instalación y comprobación de funcionamiento de dispositivos de Limitación de Velocidad (LT).
 
  I.A.15.-   Suministro Eléctrico Provisional para Pruebas de Instalaciones en Establecimientos Industriales (PROV).
 
  I.A.16.-   Suministro Eléctrico Provisional para Establecimientos Industriales en Espera de Suministro Definitivo (PROV).
 
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